Calificaciones Definitivas de la Segunda Fase del Examen de Acceso al ROAC 2024
De conformidad con lo previsto en la base 3.7 de la Orden ECM/368/2024, de 17 de abril, por la que se publica la convocatoria de acceso al ROAC, la resolución del Tribunal podrá ser recurrida en alzada ante el presidente del ICAC de acuerdo con lo previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La interposición de recurso de alzada no es lo mismo que solicitar la revisión del examen, trámite ya concluido y previo a la publicación de las listas definitivas. Un recurso de alzada contra la resolución de la calificación definitiva del Tribunal ha de indicar cuáles son los motivos por los que el recurrente entiende que el acto de calificación definitiva del Tribunal es nulo o anulable y para ello se ha de fundamentar en alguna de las circunstancias expresamente previstas en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. Quienes deseen interponer recurso de alzada deberán hacerlo a través de registro electrónico oficial, dirigido al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, indicando como asunto “Recurso de alzada examen ROAC” y cuentan con el plazo de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de las listas definitivas, es decir desde el 14 de marzo hasta el 14 de abril, ambos incluidos.
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En Madrid, 13 de marzo de 2025